Una Ley no puede cambiar por si mismo la realidad: Zaldívar

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El ministro presiente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar considera que una ley no puede cambiar por sí misma la realidad, “es un hecho que cuando tenemos un marco normativo inadecuado, no se puede solucionar un problema tan grande como este”.

Al referirse al Proyecto de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el feminicidio elaborado por la Corte, busca no solo atacar este delito, sino entender los patrones culturales y conducta de quienes perpetran estos actos, bajo la premisa que la sociedad en su conjunto, tiene derecho a saber el acontecer de los delitos de feminicidio y su incidencia.

El proyecto fue presentado ante el Congreso de la Unión para su análisis, en un contexto donde desde el 2015 y hasta este año, 5 mil 917 mujeres han sido asesinadas, y su muerte se toma como un feminicidio, y donde el Estado de México, Veracruz, Nuevo León y Ciudad de México son estados mortales para las mujeres. Tan solo entre enero y mayo de este año se han presentado 167 feminicidios, de acuerdo a cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Estadísticas oficiales señalan que los municipios de Guadalupe, Nuevo León, Juárez, Chihuahua, Ecatepec, Estado de México, General Escobedo, Nuevo León y Juárez, Ensenada y la alcaldía de Tlalpan, son siete de los 100 municipios con el mayor índice de feminicidios en el país.

En su articulo 41 señala que se deben realizarse peritajes psicológicos y de antropología social a los probables responsables, a fin de determinar si tienen o no rasgos de personalidad misógina y violenta, así como para determinar si presentan patrones culturales orientados hacia conductas misóginas o de discriminación y desprecio hacia las mujeres.

“Se busca que la violencia más extrema que es el feminicidio tenga una regulación específica. Se establece también en esta propuesta que haya un registro de delitos, base de datos y banco genético de mujeres desaparecidas, medidas para el distanciamiento de quien comete un delito en relación con las víctimas, campañas de concientización, protege el derecho a la no revictimización y el derecho a la verdad”, señaló el ministro

También pretende establecer si en la muerte de la mujer influyeron factores como emoción violenta, ira, provocación por parte de la víctima, el honor, los celos, las creencias culturales, las costumbres contrarias a los derechos humanos, u otras análogas. “Esto no constituyen eximentes o atenuantes del delito de feminicidio y delitos vinculados”, señala el texto.

Y busca imponer penas mas severas al recomendar que la pena por feminicidio sea de 40 a 60 años de prisión y de quinientos a mil días multa. Mientras que al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en el caso de este delito se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos

Incluye un apartado que los centros de reinserción social deberán contar con programas de atención y reinserción conductual y educación psicosocial individualizado para personas condenadas por feminicidio o cualquier otro delito asociado con la violencia de género, atendiendo a las causas del delito.

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