La Cámara de Diputados aprobó la imprescriptibilidad de los delitos sexuales perpetrados contra menores de edad con reformas al Código Penal Federal, que prevé destituir e inhabilitar a funcionarios públicos, incluso a ministros de culto, el mismo tiempo de la pena que se les imponga.
El dictamen plantea que la prescripción de un delito cometido contra un menor de 18 años comienza a correr a partir de que éste cumpla la mayoría de edad, excepto cuando se trate de pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia, que no caducan.
De igual forma, sustituye la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, que se encuentra abrogada, por la General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
La diputada de Morena, Rosangela Peña destacó que de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, en 2019 México ocupó el primer lugar en abuso sexual infantil, por lo cual la reforma aprobada “resulta indispensable para mejorar nuestra política criminal en la materia”.
Mientras que Fernando Macías del PAN afirmó que “no hay acto más infame que la agresión a una niña y a un niño. Los ataques sexuales a menores de edad son uno de los problemas más grandes que aquejan a nuestro país. Es un mal silencioso que corroe a nuestro país”. Llamó a fiscalías y ministerios públicos a que, “con compromiso y seriedad, persigan estos crímenes y hagan justicia a miles de víctimas”. Dijo que la sociedad es corresponsable de esos delitos”.
Las reformas señalan que si quien comete el delito es servidor público o ministro de culto religioso, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquier otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta
Delitos sexuales contra menores de edad no prescriben: cámara de Diputados
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