Continúa la contaminación en la CDMX

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La Comisión Ambiental de la Megalópolis informa que continúa la Fase I de contingencia ambiental atmosférica por ozono en la ZMVM y sus medidas, con el fin de proteger la salud de la población y prevenir la exposición a niveles altos de ozono. Se recuerda a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire y evitar hacer ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.

El Sistema de Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México informa que persistirá la circulación anticiclónica afectando al centro del país y la masa de aire asociada presenta bajo contenido de humedad dando lugar a cielo despejado durante el día. El viento presentará intensidad baja, de 4 a 8 km/h hasta las 16:00 horas y oscilará de 7 a 13 km/h en las horas siguientes. Estas condiciones meteorológicas propiciarán de moderado a significativo estancamiento de los contaminantes precursores del ozono y formación del mismo ocasionando calidad del aire de Mala a Muy Mala. Se recuerda de las restricciones a la circulación en el Sector Transporte y de las exenciones. Hoy viernes 23 de febrero, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.

b) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

c) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0 .

d) Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.

e) Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.

f) Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX. g) Los taxis con holograma de verificación “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de

acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a), b), y c) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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